
jueves, 5 de noviembre de 2015
Ambientes ecológicos al interior de la empresa...
La creciente preocupación social por la protección y conservación del medio ambiente,
especialmente relevante en nuestro ámbito europeo en estas últimas dé-
cadas, ha propiciado la aparición y desarrollo de instrumentos que posibiliten la
participación de todos los sujetos implicados en los cambios necesarios para un
desarrollo sostenible. Así, el marco normativo de la Unión Europea ha ido concretando
derechos ciudadanos en materia de acceso a la información ambiental y a
la participación y consulta en las actuaciones con incidencia ambiental. Todo ello
guiado por el principio de responsabilidad compartida que proclama la participación
y la implicación de todos los agentes sociales (Administraciones, empresarios,
trabajadores, ciudadanos, ONG, etc.) en su ámbito de actuación y según el nivel
o capacidad de decisión de cada uno.
Por ello, los trabajadores, como sujetos relevantes del proceso productivo, deben
participar en la mejora ambiental de sus centros de trabajo y para hacerlo efectivamente
es fundamental propiciar los necesarios avances en el ámbito de las relaciones
laborales que respondan debidamente a esta necesidad.
El retraso en este reconocimiento de derechos de participación de los trabajadores
en materia de medio ambiente contrasta y dificulta las perspectivas de generación
de empleo y mejora de la calidad de las condiciones de trabajo que se abren con
la implantación de medidas para una buena gestión ambiental en los centros de
trabajo.
Los representantes de los trabajadores y las organizaciones sindicales deben continuar
luchando por el reconocimiento de derechos ambientales en los centros de
trabajo, tanto a través de la negociación colectiva como mediante su incorporación
al marco normativo, buscando a la vez su participación en los espacios e instrumentos
de gestión ambiental en la empresa.

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