jueves, 5 de noviembre de 2015

Ambientes ecológicos al interior de la empresa...

La creciente preocupación social por la protección y conservación del medio ambiente, especialmente relevante en nuestro ámbito europeo en estas últimas dé- cadas, ha propiciado la aparición y desarrollo de instrumentos que posibiliten la participación de todos los sujetos implicados en los cambios necesarios para un desarrollo sostenible. Así, el marco normativo de la Unión Europea ha ido concretando derechos ciudadanos en materia de acceso a la información ambiental y a la participación y consulta en las actuaciones con incidencia ambiental. Todo ello guiado por el principio de responsabilidad compartida que proclama la participación y la implicación de todos los agentes sociales (Administraciones, empresarios, trabajadores, ciudadanos, ONG, etc.) en su ámbito de actuación y según el nivel o capacidad de decisión de cada uno. Por ello, los trabajadores, como sujetos relevantes del proceso productivo, deben participar en la mejora ambiental de sus centros de trabajo y para hacerlo efectivamente es fundamental propiciar los necesarios avances en el ámbito de las relaciones laborales que respondan debidamente a esta necesidad. El retraso en este reconocimiento de derechos de participación de los trabajadores en materia de medio ambiente contrasta y dificulta las perspectivas de generación de empleo y mejora de la calidad de las condiciones de trabajo que se abren con la implantación de medidas para una buena gestión ambiental en los centros de trabajo. Los representantes de los trabajadores y las organizaciones sindicales deben continuar luchando por el reconocimiento de derechos ambientales en los centros de trabajo, tanto a través de la negociación colectiva como mediante su incorporación al marco normativo, buscando a la vez su participación en los espacios e instrumentos de gestión ambiental en la empresa.

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